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Calculadora de indemnización por despido: cuánto te corresponde

Cargá tu fecha de ingreso, la de egreso, tu mejor sueldo y cómo terminó la relación laboral: la calculadora suma cada rubro de la indemnización y la liquidación final, con la cuenta de cada uno.

¿Qué es la indemnización por despido?

Es la compensación que la ley obliga a pagar al empleador cuando despide a un trabajador sin una causa justificada. En la Argentina la regula la Ley de Contrato de Trabajo (artículos 231 a 245), con las modificaciones de la Ley 27.742 de 2024. Se compone de varios rubros: la indemnización por antigüedad, el preaviso, la integración del mes de despido y la liquidación final que corresponde en cualquier caso.

¿Qué hace esta calculadora?

Con tu mejor sueldo y las fechas de ingreso y egreso, calcula cada rubro por separado:

  • Indemnización por antigüedad (art. 245): un sueldo por año o fracción mayor de tres meses, con el tope del convenio y el piso del fallo Vizzoti si cargás el tope.
  • Preaviso (arts. 231 y 232) e integración del mes de despido (art. 233), con su aguinaldo, si no te preavisaron.
  • Liquidación final: días trabajados del último mes, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas con su aguinaldo.

Si renunciaste o te despidieron con justa causa, calcula sólo la liquidación final, que corresponde siempre.

¿Para qué sirve?

Para tener una referencia antes de firmar una liquidación, negociar un acuerdo de desvinculación o consultar a un abogado. Es una estimación con las reglas generales de la ley: tu convenio colectivo puede prever montos mayores, y situaciones como el despido por embarazo, matrimonio o enfermedad tienen indemnizaciones agravadas que esta calculadora no incluye.

Cómo se calcula

Antigüedad = sueldo base × años (fracción mayor de 3 meses = 1 año; mínimo 1 sueldo)
Preaviso = 15 días en período de prueba; 1 sueldo hasta 5 años; 2 sueldos con más de 5 años
Integración = sueldo ÷ días del mes × días que faltan hasta fin de mes
Aguinaldo sobre preaviso, integración y vacaciones no gozadas = 1/12 de cada uno

La calculadora usa el mismo sueldo para todos los rubros. Si tu último sueldo fue distinto del mejor del año, los días trabajados y el aguinaldo pueden variar algo.

Preguntas frecuentes

¿Cómo se calcula la indemnización por despido sin causa?

Según el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, corresponde un mes de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del último año por cada año de antigüedad o fracción mayor de tres meses. A eso se suman el preaviso, si no te lo dieron, la integración del mes de despido y la liquidación final: días trabajados, aguinaldo proporcional y vacaciones no gozadas.

¿Qué remuneración se toma como base?

La mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año o en el tiempo trabajado si es menor. Desde la Ley 27.742 (2024) la base no incluye el aguinaldo ni los conceptos que no se pagan todos los meses, como bonos semestrales o anuales.

¿Qué es el tope indemnizatorio?

La base del artículo 245 no puede superar tres veces el promedio de las remuneraciones del convenio colectivo que corresponde a la actividad. El Ministerio de Trabajo publica ese tope para cada convenio. Sin embargo, según el fallo Vizzoti de la Corte Suprema, la base no puede quedar por debajo del 67 % de la mejor remuneración real. Si conocés el tope de tu convenio, cargalo y la calculadora aplica las dos reglas.

¿Cuánto preaviso corresponde?

Quince días durante el período de prueba, un mes si la antigüedad es de hasta cinco años y dos meses si es mayor. Si el empleador despide sin preavisar, debe pagar una indemnización equivalente a ese tiempo (indemnización sustitutiva del preaviso), con su aguinaldo.

¿Qué es la integración del mes de despido?

Si el despido sin preaviso ocurre en un día que no es el último del mes, el empleador debe pagar los días que faltan hasta fin de mes (art. 233). No corresponde durante el período de prueba.

¿Me corresponde indemnización si estoy en período de prueba?

No corresponde la indemnización por antigüedad, pero sí el preaviso de 15 días si no te avisaron y la liquidación final. Desde la Ley 27.742 el período de prueba es de seis meses; algunos convenios lo extienden a ocho o doce meses según el tamaño de la empresa.

¿Qué cobro si renuncio?

Si renunciás no hay indemnización por antigüedad ni preaviso a tu favor: cobrás la liquidación final, que incluye los días trabajados del mes, el aguinaldo proporcional y las vacaciones no gozadas con su aguinaldo. Elegí "Renuncia" en la calculadora para verla.

¿Siguen existiendo las multas por trabajo no registrado?

No. La Ley 27.742, de 2024, derogó las multas de las leyes 24.013 y 25.323 que duplicaban o incrementaban la indemnización cuando la relación laboral no estaba registrada o no se pagaba a tiempo. Para despidos ocurridos antes de su vigencia, pueden aplicar las normas anteriores: conviene consultar a un abogado laboralista.

Los datos detrás de esta calculadora

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