Transferencias automáticas (coparticipación) en Santiago del Estero
De enero a septiembre de 2026, Sgo. del Estero recibió $ 2,20 billones en transferencias automáticas (coparticipación): el 4,0 % de lo girado a las provincias. En el mismo período de 2025 había recibido $ 1,66 billones, el 4,0 % del total. Los montos están en pesos corrientes: con la inflación del último año, la comparación en pesos exagera los aumentos; la participación en el total no tiene ese problema. Por habitante: $ 2.073.241 de enero a septiembre de 2026 (población del Censo 2022). Puesto 10° de 24.
La participación no depende de la inflación: se puede comparar entre años.
Fuente: Ministerio de Economía · Dirección Nacional de Asuntos Provinciales
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| Período | Sgo. del Estero |
|---|---|
| 2026 | 4,0 % |
| 2025 | 4,0 % |
| 2024 | 3,9 % |
Fuente: Ministerio de Economía · Dirección Nacional de Asuntos Provinciales; población: INDEC, Censo 2022
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| # | Lugar | Valor |
|---|---|---|
| 1 | Tierra del Fuego | $ 3.621.478 |
| 2 | Catamarca | $ 3.410.100 |
| 3 | Formosa | $ 3.206.309 |
| 4 | La Rioja | $ 2.883.546 |
| 5 | La Pampa | $ 2.861.309 |
| 6 | Santa Cruz | $ 2.583.662 |
| 7 | Chaco | $ 2.360.010 |
| 8 | San Luis | $ 2.262.402 |
| 9 | San Juan | $ 2.186.153 |
| 10 | Sgo. del Estero | $ 2.073.241 |
| 11 | Jujuy | $ 1.866.718 |
| 12 | Entre Ríos | $ 1.839.128 |
| 13 | Río Negro | $ 1.812.160 |
| 14 | Corrientes | $ 1.658.832 |
| 15 | Chubut | $ 1.471.424 |
| 16 | Tucumán | $ 1.456.391 |
| 17 | Salta | $ 1.416.255 |
| 18 | Misiones | $ 1.391.601 |
| 19 | Santa Fe | $ 1.382.771 |
| 20 | Neuquén | $ 1.347.023 |
| 21 | Córdoba | $ 1.243.326 |
| 22 | Mendoza | $ 1.085.111 |
| 23 | Buenos Aires | $ 675.250 |
| 24 | CABA | $ 400.699 |
Fuente: Ministerio de Economía · Dirección Nacional de Asuntos Provinciales
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| Período | Sgo. del Estero |
|---|---|
| sep 2026 | $ 269.001 M |
| ago 2026 | $ 260.716 M |
| jul 2026 | $ 275.631 M |
| jun 2026 | $ 260.319 M |
| may 2026 | $ 308.235 M |
| abr 2026 | $ 210.171 M |
| mar 2026 | $ 189.101 M |
| feb 2026 | $ 205.586 M |
| ene 2026 | $ 220.753 M |
| dic 2025 | $ 214.773 M |
| nov 2025 | $ 200.548 M |
| oct 2025 | $ 207.557 M |
| sep 2025 | $ 192.504 M |
| ago 2025 | $ 194.762 M |
| jul 2025 | $ 190.807 M |
| jun 2025 | $ 205.415 M |
| may 2025 | $ 212.587 M |
| abr 2025 | $ 164.330 M |
| mar 2025 | $ 152.352 M |
| feb 2025 | $ 168.677 M |
| ene 2025 | $ 180.753 M |
| dic 2024 | $ 162.943 M |
| nov 2024 | $ 162.939 M |
| oct 2024 | $ 158.026 M |
| sep 2024 | $ 165.076 M |
| ago 2024 | $ 143.875 M |
| jul 2024 | $ 129.261 M |
| jun 2024 | $ 141.264 M |
| may 2024 | $ 196.315 M |
| abr 2024 | $ 103.262 M |
| mar 2024 | $ 85.399 M |
| feb 2024 | $ 85.660 M |
| ene 2024 | $ 88.548 M |
¿Qué significa este dato para Sgo. del Estero?
Es la principal fuente de ingresos de casi todas las provincias, pero su reparto no lo decide el Gobierno de turno: lo fijan leyes, y depende de cuánto se recauda.
¿Qué mide?
Cuánto recibe cada provincia, mes a mes, de los impuestos que recauda la Nación y que por ley se comparten. Técnicamente se llaman Recursos de Origen Nacional (RON) o transferencias automáticas: automáticas porque el Banco de la Nación Argentina las gira todos los días a las cuentas de cada provincia, en función de lo que se recaudó, sin que haga falta una decisión del Gobierno de turno.
La parte principal es la coparticipación federal de impuestos, regida por la Ley 23.548 de 1988, que reparte sobre todo lo recaudado por IVA y Ganancias. Pero los RON incluyen otros regímenes con reglas propias y, muchas veces, destino específico: el Fondo de Financiamiento Educativo, porciones de los impuestos a los combustibles para vivienda (FONAVI), vialidad y obras eléctricas, una parte de Bienes Personales, del régimen simplificado (monotributo) y de otros tributos. Nosotros mostramos el total de todos esos regímenes, sin la compensación del Consenso Fiscal.
¿Quién lo mide y cómo?
La Dirección Nacional de Asuntos Provinciales (DNAP) del Ministerio de Economía registra lo que el Banco Nación distribuye cada día y publica planillas mensuales por provincia y por régimen. Usamos la columna del total de Recursos de Origen Nacional y dejamos afuera la compensación que la Nación paga a las provincias que firmaron el Consenso Fiscal (Ley 27.429), porque no es un impuesto compartido sino un pago acordado.
El reparto sigue la Ley 23.548 en dos pasos. Primero, la distribución primaria: de la masa coparticipable, 42,34 % va a la Nación, 54,66 % al conjunto de las provincias, 2 % al recupero del nivel relativo de cuatro provincias y 1 % al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (ATN), que no se reparte automáticamente. Después, la distribución secundaria: la parte de las provincias se divide según una tabla de porcentajes fijos para cada una. La tabla, de 1988, no se calcula con ninguna fórmula: refleja un acuerdo político de esa época.
La Ciudad de Buenos Aires y Tierra del Fuego no figuraban como provincias en esa tabla. La ley dispone que la Nación les entregue una participación desde su propia porción.
¿Para qué sirve?
- Para dimensionar de qué viven las provincias: en la mayoría, los RON son la principal fuente de ingresos, por encima de sus propios impuestos.
- Para entender la dependencia fiscal: cuando cae la recaudación nacional (por recesión, por baja de algún impuesto o por cambios en la ley), las provincias sienten el golpe sin haber tomado ninguna decisión.
- Para comparar provincias por habitante y ver el efecto redistributivo del sistema: los porcentajes de la ley no siguen la población, así que algunas provincias reciben mucho más por habitante que otras.
¿Qué indica realmente?
Indica cuánto aporta la recaudación nacional a las cuentas de cada provincia. Su evolución depende de tres cosas: cuánto recauda la Nación, qué impuestos entran a la masa compartida y qué porcentaje le corresponde a cada jurisdicción. Las dos primeras cambian con el ciclo económico y con las leyes tributarias; la tercera prácticamente no cambia desde 1988.
Por eso, una provincia que recibe más que otra no está siendo “favorecida” por el Gobierno de turno: está cobrando lo que surge de normas vigentes. La discusión sobre si esos porcentajes son justos es antigua. La reforma constitucional de 1994 ordenó reemplazar el régimen por una ley convenio antes de fines de 1996, pero esa ley nunca se sancionó y la 23.548 sigue rigiendo por prórroga automática.
El monto por habitante también hay que leerlo con cuidado. Una cifra alta no implica que la provincia tenga más recursos en total: puede tener una recaudación propia baja y depender casi por completo de estos fondos. Para eso hay que mirar sus ingresos totales y su resultado fiscal.
La Ciudad de Buenos Aires merece un aparte. Su porcentaje lo fija la Nación desde su propia porción y estuvo en litigio ante la Corte Suprema, que en 2022 dictó una medida cautelar a su favor. Lo que la Nación paga por esa cautelar no figura en estas planillas automáticas sino en el indicador de transferencias no automáticas.
Cómo leer los datos de esta página
- Mostramos el acumulado del año: lo recibido de enero al último mes publicado. Comparar un mes contra el anterior no tiene sentido, porque los giros siguen el calendario de vencimientos de los impuestos.
- Cada provincia aparece también por habitante, en pesos, dividiendo el acumulado por la población del Censo 2022 del INDEC. Ese es el ranking que usamos para comparar provincias.
- También ves la participación de cada provincia en el total distribuido, que se mueve poco porque los porcentajes de la ley son fijos.
- Los montos están en millones de pesos corrientes. Para comparar con años anteriores, tené en cuenta la inflación: un acumulado más alto en pesos puede ser más bajo en términos reales.
- Los datos son provisorios: la DNAP puede corregir meses ya publicados.
Detalles importantes a considerar
- Un mes suelto no sirve para comparar: los fondos se giran a diario y siguen el calendario de vencimientos de los impuestos, así que hay meses altos y bajos por razones que no tienen que ver con la provincia. Por eso mostramos el acumulado del año.
- Está en pesos corrientes. Con inflación, el monto crece casi siempre; para comparar años distintos hay que descontar la suba de precios.
- Los montos absolutos reflejan sobre todo el tamaño de cada provincia y los porcentajes de la ley. Para comparar provincias, mirá el monto por habitante o la participación en el total.
- No incluye la compensación que la Nación paga por el Consenso Fiscal de 2017 (Ley 27.429): para algunas provincias, el total que publica la DNAP es más alto que el que mostramos.
- Los datos mensuales de la DNAP son provisorios y pueden corregirse.
- La Ciudad de Buenos Aires recibe su parte desde la porción de la Nación, no por la tabla de la ley; y una parte de lo que cobra por una medida cautelar de la Corte Suprema se paga por otra vía y figura en transferencias no automáticas.
Preguntas frecuentes
¿Cómo se reparte la coparticipación entre provincias?
En dos pasos. La distribución primaria divide la masa coparticipable entre la Nación (42,34 %), el conjunto de las provincias (54,66 %), un fondo para el recupero de cuatro provincias (2 %) y el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional (1 %). La distribución secundaria reparte la parte de las provincias según porcentajes fijos que la Ley 23.548 asigna a cada una. Con los años, distintas leyes y pactos fiscales cambiaron cuánto entra a la masa, así que las proporciones efectivas no coinciden exactamente con las de la ley.
¿Qué diferencia hay entre transferencias automáticas y no automáticas?
Las automáticas, como la coparticipación, se giran todos los días por el Banco Nación según porcentajes fijados por ley: el Gobierno nacional no decide cuánto le toca a cada provincia. Las no automáticas salen del Presupuesto nacional y su asignación depende de leyes, convenios, programas u obras específicas, y en parte de decisiones del Gobierno nacional.
¿Qué son los Recursos de Origen Nacional?
Son los impuestos que cobra la Nación y que, por ley, se comparten con las provincias. Incluyen la coparticipación federal propiamente dicha (Ley 23.548) y otros regímenes con destino específico: el Fondo de Financiamiento Educativo, parte de los impuestos a los combustibles para vivienda (FONAVI), obras viales y eléctricas, Bienes Personales, el monotributo y otros.
¿Por qué la ley de coparticipación es de 1988 si la Constitución pide una nueva?
La reforma constitucional de 1994 ordenó dictar un nuevo régimen de coparticipación mediante una ley convenio, acordada entre la Nación y las provincias, antes de terminar 1996. Esa ley nunca se sancionó. La Ley 23.548 iba a regir hasta 1989, pero prevé su prórroga automática mientras no haya un régimen que la reemplace, y por eso sigue vigente.
¿Hay un piso garantizado para las provincias?
Sí. La Ley 23.548 establece que lo que se distribuya a las provincias no puede ser inferior al 34 % de la recaudación de los recursos tributarios nacionales de la Administración Central, sean o no coparticipables.
Fuente y metodología
Quién lo mide:La Dirección Nacional de Asuntos Provinciales del Ministerio de Economía publica lo distribuido a cada provincia por todos los regímenes de Recursos de Origen Nacional; las transferencias las hace el Banco de la Nación Argentina.
Cómo se calcula:Suma mensual de lo distribuido a cada jurisdicción por todos los regímenes automáticos (columna Total Recursos Origen Nacional de la DNAP), en millones de pesos corrientes, sin la compensación del Consenso Fiscal. En la ficha: acumulado del año y por habitante.
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